Visitas de Amigos y Familiares
Lunes – Sabado: 9 a.m. – 2:30 p.m. CST
Visitas de Abogados
Los representantes legales de los detenidos están autorizados para visitar a sus clientes durante el siguiente horario:
Abogados y/o paralegales pueden visitar a los detenidos los siete días a la semana durante el siguiente horario:
Lunes – Viernes: 8 a.m. – 11 p.m. y 1 p.m. – 4 p.m. CST, excluyendo los días festivos.
Una lista de organizaciones legales pro bono (gratis) será publicada en todas las unidades de hospedamiento de detenidos y otras áreas apropiadas. Esta lista será actualizada trimestralmente. Si un detenido desea ver a un representante o asistente legal de esa organización, es el deber del detenido contactarlo para una cita.
Visitas virtuales de abogados | Videoconferencia
Representantes legales pueden solicitar reuniones por videoconferencia (VTC, por sus siglas en inglés) o llamadas legales confidenciales con sus clientes o clientes potenciales mediante el correo electrónico vtc.assistant@kaycountydc.net. El funcionario receptor le contestará por correo electrónico con una fecha y horario confirmado. Por favor, vea el folleto para más detalles.
El correo electrónico debe incluir:
- El nombre completo del representante legal
- Información de contacto del representante legal, incluyendo número(s) de teléfono, dirección de correo electrónico, además de información de cuentas de Microsoft Teams, Skype, Zoom y Meet
- Nombre del detenido
- Número de extranjero (alien number) del detenido
- Varios horarios/fechas propuestas para la visita legal virtual solicitada
- Una copia escaneada de identificación emitida por el gobierno del representante legal
- Una copia escaneada de la identificación o documentación del representante legal reflejando su estatus como un representante legal activo, tal como la tarjeta del colegio de abogados estatal, licencia de abogado, licencia de asistente jurídico u otro estatus legal similar.
- Una copia escaneada del formulario G-28 del DHS del abogado (a menos que esta sea una sesión previa a representación)
- Si un asistente jurídico es el único representante legal que se unirá a la llamada, el correo electrónico también debe tener adjunto una carta de autorización con encabezado del bufete/organización y una copia escaneada de la identificación del asistente jurídico.
Representantes legales también pueden programar reuniones VTC o llamadas marcando el (580) 362-3393. Todas las citas para VTC o llamadas deben ser programadas 24 horas antes del horario deseado para la cita. Las citas son programadas de 9 a.m. - 2:30 p.m. y en bloques de 30 a 60 minutos. Los representantes legales no están limitados al número de citas para VTC que pueden solicitar, pero no se le permite a ningún representante legal una cita de más de 60 minutos de duración en un solo día con un detenido.
Las mismas directrices para visitas abogado/cliente en persona aplicarán a reuniones VTC y llamadas legales. Sólo representantes legales, asistentes jurídicos e intérpretes serán permitidos; ningún familiar o amigo del cliente es permitido. El/la abogado(a) y/o sus agentes pueden contactar a servicios de interpretación externos durante la llamada o sesión. Las sesiones serán confidenciales; un oficial de visitas estará estacionado fuera del cuarto confidencial para garantizar la seguridad al estar parado fuera del alcance de escucha, pero a la vista. El oficial tocará la puerta 5 minutos antes del tiempo límite.
Visitas Consulares
Los oficiales consulares pueden verse con sus compatriotas detenidos en cualquier momento. Se pide que, dentro de lo posible, los arreglos se hagan anticipadamente con el Oficial Supervisor de Deportación de ICE y que los oficiales consulares traigan credenciales apropiadas cuando vengan al centro.
Visitas del Clero
El clero puede visitar a los detenidos en cualquier momento, pero debe hacer los arreglos anticipadamente con la Oficina del Capellán.
Restricciones a las Visitas
- Los visitantes adultos deben presentar una identificación otorgada por el gobierno que sea válida y verificable para ingresar al centro de detención.
- Los menores que visiten el centro de detención tienen que ser acompañados bajo la custodia de un adulto (18 años o mayor). Los menores no podrán ser dejados sin acompañar en la sala de espera, la sala de visitas, o cualquier otra área del centro de detención.
- Todas las visitas familiares u otras visitas sociales son de no-contacto.
- No se permiten armas de fuego o armas de cualquier otro tipo en el centro de detención.
- Si los visitantes están o aparentan estar ebrios, la visita no se permitirá.
- Todos los visitantes están sujetos a ser registrados mientras estén en el centro.
- A los visitantes no se les permite pasar o intentar pasar cualquier objeto a los detenidos.
- A los visitantes no se les permite llevar ningún objeto al área de visitas.
Procedimientos de Registro (antes o durante todas las visitas)
Todas las personal que soliciten ser admitidas al centro o al área de visitas están sujetas a un registro de su persona, una inspección de sus pertenencias, y una inspección para detectar metales. Las personas que rehúsen a cooperar con un registro razonable no serán admitidas. No se permiten las armas de fuego o de cualquier otro tipo. No se permiten aparatos electrٕónicos (telefónos celulares, buscapersonas, radios, etc.) en las áreas seguras del centro.